Santo Domingo, R.D.– La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia rechazó las solicitudes de suspensión que habían sido interpuestas en contra del reglamento que regula el servicio de Itinerancia Automática Nacional (Roaming Nacional), aprobado por el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL) mediante la Resolución núm. 070-2023.

Dicho reglamento establece el marco legal que permite a las prestadoras de servicios de telecomunicaciones operar mediante la infraestructura de otras redes móviles ya existentes, bajo acuerdos mayoristas entre compañías. Esta disposición busca garantizar el acceso a servicios móviles en zonas con baja o nula cobertura, además de fomentar la competencia en el mercado.

Con esta decisión, la Suprema Corte valida la continuidad de la normativa que, de acuerdo con INDOTEL, tiene como uno de sus principales propósitos optimizar el uso del espectro radioeléctrico, un recurso natural limitado, al tiempo que facilita la expansión de los servicios de telecomunicaciones hacia comunidades históricamente desatendidas.

El reglamento permite que operadores que no cuenten con infraestructura propia en una determinada zona puedan brindar servicios utilizando la red de otra empresa, siempre bajo condiciones previamente acordadas. Esto elimina barreras de entrada para nuevos actores y promueve una mayor diversidad de ofertas.

Además, se establecen parámetros claros para asegurar la interconexión técnica y las condiciones económicas bajo las cuales se prestará el servicio de roaming nacional, con miras a beneficiar especialmente a los sectores más vulnerables del país.

Con este fallo, se fortalece el marco regulatorio impulsado por INDOTEL, que forma parte de una estrategia más amplia para mejorar la cobertura, calidad y equidad del acceso a las telecomunicaciones en la República Dominicana.